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CARTA CIRCULAR SB:

No. 008/21

A las : Entidades de intermediación financiera (EIF) e intermediarios cambiarios.

Asunto : Establecimiento horario especial por el paso del potencial ciclón tropical No. 6.

El Superintendente de Bancos en uso de las atribuciones que le confiere el literal (e) del artículo 21 de la Ley No. 183-02 Monetaria y Financiera del 21 de noviembre de 2002 y ante las alertas emitidas por los organismos competentes por el potencial ciclón tropical No. 6, informa lo siguiente:

  1. Las EIF e intermediarios cambiarios podrán establecer un horario especial de servicios de atención al público en función de las condiciones climatológicas, a partir del miércoles once (11) de agosto de 2021 y mientras persistan las mismas, como medida de precaución por el paso del potencial ciclón tropical No. 6.
  2. En caso de que se emita una disposición de suspensión de las actividades laborales a nivel nacional, como medida de precaución, las EIF e intermediarios cambiarios deben dar cumplimiento a la misma.
  3. Las EIF e intermediarios cambiarios dispondrán de un plazo hasta el viernes trece (13) de agosto de 2021, para remitir las informaciones requeridas por el Manual de Requerimientos de Información de la Superintendencia de Bancos Orientados a la Supervisión Basada en Riesgos, con fecha de envío del miércoles once (11) y el jueves doce (12) de agosto de 2021.
  4. Las EIF e intermediarios cambiarios deberán seguir los lineamientos y orientaciones de los organismos de protección civil y verificar sus planes de contingencia ante el paso del potencial ciclón tropical No. 6.
  5. La presente Carta Circular deberá ser comunicada a las partes interesadas y publicada en la página web de esta Institución <www.sb.gob.do> de conformidad con el literal (h) del artículo 4 de la Ley No. 183-02 Monetaria y Financiera y el mecanismo de notificación de los Actos Administrativos de la Superintendencia de Bancos, dispuesto en la Circular SB: No. 015/10 del 21 de septiembre de 2010 emitida por este ente supervisor.

Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días de agosto del dos mil veintiuno (2021).

Alejandro Fernández W.

SUPERINTENDENTE DE BANCOS

AFW/ECB/EFCT/OLC/CJRM

DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN

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Estatus Vigente
Publicación 10 / 08 / 2021

CARTA CIRCULAR SB No. 008/21

Establecimiento horario especial por el paso del potencial ciclón tropical No. 6.